La Asociación de Medios de Información (AMI), que representa a 87 editoras de medios, ha demandado a Meta Platforms Ireland Limited por presunta competencia desleal. La reclamación asciende a 551.322.000 euros, equivalentes a las pérdidas estimadas en ingresos publicitarios de las editoras debido a prácticas que, según AMI, infringen la normativa de protección de datos personales. Este litigio, basado en el artículo 15 de la Ley de Competencia Desleal (LCD), busca sancionar las ventajas competitivas obtenidas a través de infracciones legales significativas.
El artículo 15 de la LCD establece como desleal el uso de ventajas obtenidas mediante infracciones legales. En este caso, AMI sostiene que Meta viola el Reglamento General de Protección de Datos, específicamente los artículos 5 y 6. Estos preceptos regulan principios básicos del tratamiento de datos personales, como la licitud, la transparencia y la minimización.
El argumento central de AMI es que Meta utiliza cookies, píxeles y plug-ins sociales para recopilar datos de usuarios sin cumplir con las bases legales exigidas, como el consentimiento informado, lo que le otorga una ventaja en el mercado publicitario. Esta práctica, según las editoras, impacta directamente en su capacidad de competir en igualdad de condiciones.
Meta niega las acusaciones de competencia desleal y defiende que sus políticas de privacidad y cookies se ajustan al RGPD. Además, buscará desacreditar las pruebas presentadas por AMI, alegando que:
Durante la audiencia previa, celebrada el 27 de noviembre en el Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid, se abordaron dos sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
Estas decisiones serán clave para determinar si las prácticas de Meta cumplen con la normativa o constituyen una ventaja desleal.
En la audiencia previa se discutieron las pruebas de ambas partes. AMI presentó evidencias relacionadas con las políticas de privacidad de Meta y el impacto económico en sus ingresos publicitarios. Meta, por su parte, centró su estrategia en desvirtuar estas pruebas y defender la legalidad de su modelo de negocio.
Tras considerar las posiciones, el magistrado fijó las fechas para la vista oral del juicio, programada para los días 1 y 2 de octubre de 2025, atendiendo a la disponibilidad de las partes.
