El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado el recurso presentado por Nord Stream 2 AG, filial de Gazprom, contra una Directiva que amplía las normas del mercado interior del gas natural a gasoductos provenientes de países terceros. La Directiva, adoptada en abril de 2019, buscaba asegurar la separación de las estructuras de transporte de las de producción y suministro, así como facilitar el acceso de terceros a las redes de transporte dentro de la Unión Europea.
Nord Stream 2 AG impugnó esta modificación alegando que afectaba negativamente su proyecto de gasoducto Nord Stream 2. Inicialmente, el Tribunal General desestimó el recurso por considerarlo inadmisible. Tras una apelación ante el Tribunal de Justicia, este último declaró parcialmente admisible el recurso, devolviendo el caso al Tribunal General para una revisión más detallada.
En su decisión final, el Tribunal General determinó que Nord Stream 2 AG había realizado inversiones con pleno conocimiento de que las nuevas normativas de la Unión se aplicarían a su gasoducto. Además, la empresa no pudo demostrar que la imposibilidad de acogerse a las exenciones previstas afectara significativamente la viabilidad económica del proyecto. El tribunal también concluyó que la diferenciación en el trato entre gasoductos existentes y nuevos proyectos como Nord Stream 2 está justificada y no contraviene los principios de igualdad de trato ni de proporcionalidad establecidos por la legislación de la UE.
Finalmente, el Tribunal General subrayó que la aplicación de las normas del mercado interior es esencial para prevenir distorsiones competitivas y garantizar la seguridad del suministro de gas en la Unión Europea, reafirmando así la validez de la Directiva modificativa frente a las impugnaciones de Nord Stream 2 AG.