Tribunal de Justicia de la UE dicta que asesores fiscales deben reportar prácticas abusivas de sus clientes

06/09/2024

Los asesores fiscales deberán denunciar a las autoridades las prácticas potencialmente agresivas de las que tengan conocimiento. 

Asunto C-623/22.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ratificado que los asesores fiscales están obligados a denunciar a sus clientes ante las autoridades tributarias si detectan prácticas sospechosas de evasión fiscal. Esta medida excluye a los abogados, quienes, bajo la protección del secreto profesional, no están sujetos a dicha obligación.

Este fallo se deriva de una cuestión prejudicial planteada por un tribunal belga, que solicitó la interpretación del artículo 8 bis ter de la Directiva 2011/16, la cual fue modificada por la Directiva DAC 6, dirigida a combatir la planificación fiscal abusiva en el territorio de la Unión Europea.

Los abogados, exentos por el secreto profesional

El fallo del TJUE deja claro que los abogados no están incluidos en la obligación de denuncia debido a la protección que otorga el secreto profesional. Esta salvaguarda permite que los clientes confíen en sus abogados y compartan información sin temor a que sea revelada, lo que facilita una defensa efectiva y la prestación del mejor asesoramiento jurídico posible.

El Tribunal señala que el papel fundamental de los abogados en una sociedad democrática, principalmente en la defensa de los derechos de los justiciables, justifica esta excepción, que no se extiende a otros profesionales, como los asesores fiscales, auditores o contables, quienes no cuentan con esta protección.

Contexto: La cuestión prejudicial sobre la Directiva DAC 6

El origen de esta sentencia radica en una cuestión prejudicial elevada por un tribunal belga, a raíz de un recurso presentado por la Asociación Belga de Abogados Fiscalistas. Esta organización impugnaba la validez de la Directiva DAC 6, que obliga a los asesores fiscales y otros intermediarios a reportar las prácticas de planificación fiscal potencialmente abusivas de sus clientes.

El tribunal belga pidió al TJUE que examinara si la obligación de comunicar, tal como se establece en el artículo 8 bis ter de la Directiva 2011/16, era compatible con los derechos fundamentales, especialmente con la protección del derecho a la vida privada y el secreto profesional. El fallo del TJUE establece que la excepción al deber de comunicación sólo puede aplicarse a los abogados, dejando fuera a los demás intermediarios.

La lucha contra la evasión fiscal como prioridad de la Unión Europea

El TJUE justifica la obligación impuesta a los asesores fiscales bajo el argumento de que la lucha contra la planificación fiscal agresiva es un objetivo de interés general de la Unión Europea. La normativa comunitaria busca prevenir la evasión fiscal y garantizar que los Estados miembros puedan reaccionar de manera más rápida y eficaz ante operaciones fiscales sospechosas.

El Tribunal defiende que el sistema de comunicación establecido por la Directiva DAC 6 es fundamental para garantizar la eficacia de las políticas fiscales europeas y que no existen medios alternativos menos invasivos para alcanzar este objetivo. Aunque la normativa supone una injerencia en la vida privada, los magistrados consideran que esta es justificada y proporcionada dada la relevancia del interés general en cuestión.

Riesgo de ineficacia en caso de ampliar la excepción del secreto profesional

El fallo advierte de que una interpretación que permitiera extender el secreto profesional a otros intermediarios, como contables, auditores o notarios, pondría en riesgo la eficacia del sistema de comunicación de información. El TJUE considera que otorgar esta excepción a otros actores, más allá de los abogados, podría comprometer la capacidad de las autoridades fiscales para identificar y reaccionar ante prácticas fiscales abusivas. Por ello, la protección del secreto profesional queda estrictamente limitada a los abogados, quienes cumplen un rol específico y crucial en el marco de una sociedad democrática.

Obligación de los ciudadanos y velocidad en la respuesta ante prácticas fiscales abusivas

El TJUE también recalca que la Directiva DAC 6 no sólo afecta a los asesores fiscales, sino que impone la obligación a los ciudadanos de comunicar a la Administración Tributaria cualquier mecanismo transfronterizo del que tengan conocimiento y que pueda ser considerado como evasivo. Esta medida tiene como objetivo aumentar la cooperación y transparencia en la lucha contra la evasión fiscal a nivel europeo.

Este sistema permite a los Estados miembros contar con una mayor capacidad para actuar con rapidez ante situaciones de riesgo fiscal, un aspecto esencial para mantener la integridad de los sistemas tributarios en la Unión Europea y reducir la incidencia de la planificación fiscal agresiva. La cooperación internacional y la capacidad de respuesta ágil son claves en este ámbito, y el fallo del TJUE refuerza este enfoque.