El "Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Arbitral de Consumo" moderniza y refuerza el marco normativo de este sistema en España, adaptándolo a las normativas nacionales y europeas recientes. Diseñado para resolver extrajudicialmente los conflictos entre consumidores y empresarios, se basa en la voluntariedad, eficacia y seguridad jurídica, ofreciendo un mecanismo accesible, imparcial y rápido.
Capítulo I (Art. 1-2)
Define el carácter extrajudicial, vinculante, ejecutivo y voluntario del arbitraje de consumo, aplicable a disputas derivadas de relaciones de consumo, excluyendo casos de intoxicación, lesión, muerte, delitos, y servicios públicos no económicos.
Capítulo II (Art. 3-20)
Desglosa la organización del sistema, manteniendo las Juntas Arbitrales de Consumo, los órganos arbitrales, y los consultivos. Regula las competencias de las Juntas, la designación de árbitros, y el papel de la Comisión de Juntas Arbitrales.
Capítulo III (Art. 23-30)
Aborda el convenio arbitral y la adhesión de empresarios al Sistema Arbitral de Consumo, haciendo obligatoria y pública la adhesión, sin limitaciones previas.
Capítulo IV (Art. 31-45)
Se enfoca en el procedimiento arbitral, destacando la gratuidad, igualdad, accesibilidad y confidencialidad, con el arbitraje resolviéndose en equidad salvo acuerdo contrario.
El reglamento refuerza la protección al consumidor al hacer más estrictas las normativas de adhesión y clarificar el procedimiento arbitral, asegurando su equidad y accesibilidad. La eliminación de limitaciones en las ofertas de adhesión mejora la transparencia y eficacia del sistema, alineándose con las últimas normativas nacionales y europeas para fortalecer la seguridad jurídica en las relaciones de consumo.