Se trata de un medio alternativo al Euríbor, y se trata, junto a este mencionado, como uno de los índices de referencia utilizados para fijar el interés de los préstamos hipotecarios. Se elabora desde 1994 el Banco de España y está sujeto al control de transparencia de la justicia europea.
Fue durante los 2000 que el IRPH se volvió un índice de referencia muy popular en España para los préstamos hipotecarios. De hecho, su uso experimentó un importante aumento y se convirtió en uno de los más utilizados para este tipo de préstamos.
No obstante, durante los últimos años se ha comenzado a desconfiar sobre la imparcialidad y, sobre todo, la claridad del IRPH. Por lo que distintos especialista y las propias personas afectadas han comenzado a criticar el índice. La razón de esta situación se debe a que el IRPH ha mantenido niveles más altos que otros índices de referencia, como el Euríbor, durante largos períodos de tiempo, lo cual ha generado un costo adicional para aquellos que solicitaron un préstamo hipotecario.
Tras las críticas recibidas, el Gobierno presentó en 2018 un conjunto de medidas con el fin de mejorar la transparencia del IRPH y limitar su uso. Estas medidas contemplan que los bancos deben proporcionar información a los clientes sobre los distintos índices de referencia disponibles y los costos asociados a cada uno, así como incluir una cláusula en los contratos de préstamos hipotecarios que permita a los prestatarios elegir el índice de referencia que prefieran.
El propio Banco de España afirma que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios se tiene en cuenta para "operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años". Este índice se calcula según los tipos de referencia oficiales del mercado de la misma institución. No obstante, el valor del IRPH no se calcula no se calcula con el interés medio de los préstamos hipotecarios, sino que se realiza con la TAE.
Asimismo, el valor de este índice de referencia tiene una fuerte variación ya que su precio fluctúa mes y se publica en el Boletín Oficial del Estado el primer día de cada mes. El nombre con el que se publica es "Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España".
Existen diferentes métodos para averiguarlo, pero lo más importante es revisar detalladamente el contrato de préstamo. A continuación, te presento algunas opciones:
· Revisa minuciosamente tu contrato de préstamo, ya que es el primer paso para determinar si tienes IRPH en tu préstamo hipotecario.
· Ponte en contacto con tu entidad financiera y solicita información al respecto.
· Analiza tus estados de cuenta para identificar si se menciona el IRPH como índice de referencia en los cálculos de intereses.
· Compara las condiciones de tu préstamo hipotecario con otros préstamos similares para detectar si se utiliza el IRPH como índice de referencia.
Por lo tanto, es posible que nos encontremos ante una situación de sospecha ante la cláusula IRPH y deseemos reclamar. Por ello, es conveniente tener claro los siguientes puntos a seguir para proceder con la reclamación.
1. Revisar el contrato de la hipoteca: Antes de tomar cualquier medida, es importante examinar detenidamente el contrato de su hipoteca para confirmar si está referenciada al IRPH y bajo qué condiciones. Busque la cláusula que establece el índice de referencia y comprenda los términos y condiciones aplicables.
2. Solicitar información adicional a la entidad financiera: Si tiene dudas sobre el contenido de la cláusula, puede solicitar información adicional a la entidad financiera para aclarar cualquier interrogante.
3. Evaluar la viabilidad de la reclamación: Una vez que disponga de toda la información relevante, debe evaluar si su reclamación es factible. Puede buscar asesoramiento legal para determinar si tiene una base sólida para presentar una reclamación.
4. Presentar la reclamación: Si decide reclamar la cláusula IRPH, puede presentar la reclamación ante la entidad financiera o recurrir a los tribunales. Es esencial preparar una documentación completa y detallada para respaldar su reclamación.
5. Esperar la respuesta de la entidad financiera o el tribunal: Una vez que haya presentado la reclamación, es importante esperar la respuesta de la entidad financiera o del tribunal. Si la entidad financiera rechaza la reclamación, puede optar por continuar el proceso judicial.
6. Comparecer ante el tribunal: Si decide continuar con el proceso judicial, deberá comparecer ante un juez para exponer sus argumentos y presentar pruebas. Es fundamental estar preparado para el proceso judicial y contar con un abogado que lo represente.
7. Aguardar la decisión del juez: Después de presentar su caso ante el juez, deberá esperar la decisión final. Si el juez falla a su favor, la entidad financiera deberá realizar los cambios necesarios en su hipoteca. Es importante destacar que el proceso de reclamación puede ser largo y costoso, y no existe garantía de éxito. Sin embargo, si considera que su hipoteca está sujeta a una cláusula abusiva y cuenta con una base sólida, vale la pena considerar la reclamación.
Esta pregunta puede ser muy frecuente es conveniente aclarar que no; podemos encontrar hasta tres tipos de IRPH distintos. Tipos de IRPH:
1. IRPH Entidades: Se calcula a partir de la media aritmética de las tasas de interés aplicadas por las entidades de crédito a los préstamos hipotecarios con garantía hipotecaria. Refleja la evolución de los precios de los préstamos hipotecarios en el mercado.
2. IRPH Cajas: Se calcula a partir de la media aritmética de las tasas de interés aplicadas por las cajas de ahorro españolas a los préstamos hipotecarios con garantía hipotecaria. Es específico para las cajas de ahorro.
3. IRPH Bancos: Se calcula a partir de la media aritmética de las tasas de interés aplicadas por los bancos españoles a los préstamos hipotecarios con garantía hipotecaria. Es específico para los bancos.
Es importante destacar que estos índices se utilizan como referencia para fijar las tasas de interés de los préstamos hipotecarios, pero no son oficiales. Cada entidad financiera puede elegir el índice que prefiera y fijar la tasa de interés según su criterio.