El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de LOECrim

29/10/2025

Transformación estructural del proceso penal español

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), una reforma estructural que sustituirá a la Ley de 1882, aún vigente pese a sus múltiples modificaciones. Este texto legal redefine la instrucción penal, asignando al Ministerio Fiscal la dirección de la investigación, en consonancia con los modelos procesales de la Unión Europea.
La modificación se sustenta en el artículo 124 de la Constitución Española, que atribuye al Ministerio Fiscal la función de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos. Con ello se pretende armonizar la normativa procesal con los principios de imparcialidad judicial y eficacia en la persecución del delito, recogidos en los artículos 117 y 24 de la Carta Magna.

Reconfiguración de la instrucción penal

El nuevo modelo abandona el sistema mixto, de raíz decimonónica, para adoptar uno acusatorio garantista, en el que el fiscal investigador asume la dirección de la investigación penal. La figura del juez de garantías se erige como garante de los derechos fundamentales, controlando la duración de la instrucción, la legalidad de las medidas cautelares y las actuaciones que puedan afectar al derecho a la intimidad o a la libertad personal (art. 18 y 17 CE).
Tras la fase de investigación, un juez de la audiencia preliminar decidirá sobre la apertura del juicio oral, mientras que un tercer juez dictará sentencia. Este esquema responde a la necesidad de reforzar la neutralidad del órgano jurisdiccional y evitar la contaminación del juzgador por la instrucción, conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (caso Piersack vs. Bélgica, 1982).

Garantías procesales reforzadas

El texto consolida el principio de presunción de inocencia y regula con mayor precisión la suficiencia de la prueba de cargo. La revisión semestral de las medidas cautelares por el juez de garantías evita la prolongación indebida de la prisión preventiva, conforme al artículo 17.4 CE.
Asimismo, la LOECrim refuerza la posición de la víctima en el proceso, ampliando las medidas de protección previstas en el Estatuto de la Víctima del Delito (Ley 4/2015), e incorpora la justicia restaurativa como vía voluntaria de reparación del daño.

Autonomía del Ministerio Fiscal y control institucional

El proyecto modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, ampliando a cinco años el mandato del Fiscal General del Estado, que ya no coincidirá con el del Gobierno. Su cese requerirá informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, reforzando la autonomía funcional del Ministerio Público.
La reforma impide que el Ejecutivo emita instrucciones particulares y exige que toda comunicación general sea pública, cumpliendo las recomendaciones de la Comisión Europea sobre Estado de Derecho.

Valor técnico y aplicación práctica

Con su entrada en vigor prevista para el 1 de enero de 2028, la nueva LOECrim supone una transformación estructural del proceso penal español, orientada a la celeridad procesal, la imparcialidad judicial y la tutela efectiva de los derechos fundamentales. Los procedimientos iniciados antes de esa fecha continuarán tramitándose conforme a la legislación anterior, garantizando la seguridad jurídica y el respeto al principio de irretroactividad de las normas desfavorables (art. 9.3 CE).