Confirman la demolición de la Isla de Valdecañas

24/09/2025

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo interpuesto por la Junta de Extremadura en defensa del complejo turístico Isla de Valdecañas. La decisión, adoptada por unanimidad, respalda la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó la demolición íntegra de este desarrollo urbanístico levantado en una zona medioambientalmente protegida.

Isla de Valdecañas: un macrocomplejo en suelo protegido

El caso de la Isla de Valdecañas ha sido uno de los mayores conflictos urbanísticos en suelo protegido de los últimos años. El complejo, construido en una isla artificial de 134,5 hectáreas en la presa de Valdecañas (Cáceres), incluía viviendas de lujo, un hotel, un campo de golf y otras instalaciones turísticas. Todo ello, en una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), dentro de los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo.

Sentencias firmes desde 2011 contra el complejo Isla de Valdecañas

En 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura anuló el acuerdo autonómico que permitió la ejecución del proyecto, por vulnerar la normativa medioambiental. Tres años después, el Tribunal Supremo confirmó esta sentencia.

A pesar de la firmeza judicial, el complejo Isla de Valdecañas continuó parcialmente en pie. En 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dictó un auto de ejecución que autorizaba conservar las construcciones ya finalizadas y en uso, ordenando solo la demolición de lo no terminado.

El Tribunal Supremo ordenó su demolición total

La asociación Ecologistas en Acción recurrió este auto. En 2022, el Tribunal Supremo dictó la sentencia 162/2022, estimando el recurso y ordenando la demolición completa del complejo Isla de Valdecañas, sin excepciones. El alto tribunal consideró que no existían causas que justificaran la inejecución de las sentencias previas.

La Junta de Extremadura alegó vulneraciones de derechos fundamentales

Ante esta decisión, la Junta de Extremadura presentó recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Alegó dos vulneraciones:

  • El derecho al juez imparcial (art. 24.2 CE), por la intervención de magistrados que ya habían participado en fases anteriores del proceso.
  • El derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), por entender que el Supremo se había extralimitado al modificar la forma de ejecutar la sentencia inicial.

El Constitucional respalda la demolición de la Isla de Valdecañas

El Tribunal Constitucional ha desestimado íntegramente el recurso. Rechaza que se haya vulnerado la imparcialidad judicial, al diferenciar claramente entre decisiones procesales (como la admisión del recurso) y el fallo sustantivo posterior.

Asimismo, descarta la supuesta extralimitación del Tribunal Supremo. Considera que la sentencia sobre la Isla de Valdecañas respeta la doctrina de casación, fija criterios legales y los aplica al caso concreto, sin invadir competencias ajenas ni incurrir en arbitrariedad.

El Constitucional también respalda la decisión de ordenar la restauración íntegra del entorno natural, en cumplimiento de las sentencias firmes que declararon ilegal el complejo.

La demolición de la Isla de Valdecañas, jurídicamente obligada

Con esta resolución, el Tribunal Constitucional reafirma la legalidad de demoler toda la Isla de Valdecañas, incluyendo hotel, viviendas y otras instalaciones en uso. La reposición del terreno a su estado anterior es, según los tribunales, la única forma de cumplir con el mandato judicial.

Otros recursos de amparo aún pendientes, interpuestos por los ayuntamientos implicados y las comunidades de propietarios, no alteran el criterio fijado en esta sentencia.