El asesor de Nummaria, culpable por evasión y falsedad documental

08/07/2025

Condena al asesor fiscal por fraude estructurado

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia condenatoria contra el asesor fiscal F.P., imponiéndole 80 años de prisión por diversos delitos fiscales y económicos cometidos entre 2010 y 2016 a través del despacho Nummaria. El tribunal considera acreditado que el acusado diseñó y operó un entramado de sociedades, algunas radicadas en paraísos fiscales, con el objetivo de facilitar la evasión tributaria de numerosos clientes, aprovechando su posición de asesor para ocultar ingresos y patrimonios.

Entre los delitos por los que ha sido condenado figuran defraudación tributaria (IRPF e IVA), falsedad documental, estafa procesal e insolvencia punible. El fallo señala que F.P. fue más allá del asesoramiento y participó activamente en la puesta en marcha de estructuras ilícitas, manteniendo el control efectivo sobre las mismas, lo que permite calificarlo como cooperador necesario en los delitos fiscales cometidos por otros.

El actor I.A., condenado tras acuerdo con Fiscalía

El actor I.A. ha sido condenado a dos años y dos meses de prisión por cinco delitos contra la Hacienda Pública, tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción. Según la resolución judicial, entre los años 2010 y 2014 defraudó cerca de dos millones de euros mediante el uso de sociedades interpuestas y la figura de la renta vitalicia, lo que le permitió reducir de forma ilícita la tributación correspondiente por sus rendimientos del trabajo.

El reconocimiento de los hechos y el abono íntegro de la deuda tributaria, junto con los intereses y la responsabilidad civil, permitió aplicar las atenuantes de confesión y reparación del daño, lo que justificó la rebaja de la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.

La actriz A.D., absuelta por falta de dolo

La intérprete A.D. ha sido absuelta de los delitos fiscales por los que fue juzgada. La Sala considera que, si bien utilizó estructuras diseñadas por el despacho Nummaria para reducir la carga tributaria, declaró la totalidad de sus ingresos y aplicó deducciones previstas por la normativa vigente (concretamente, la reducción del 60% de rentas transformadas en renta vitalicia conforme al artículo 17.2.a) de la Ley del IRPF).

El tribunal concluye que no ha quedado acreditado que la acusada actuara con dolo, es decir, con conocimiento de estar incumpliendo sus obligaciones tributarias, por lo que se aplica el principio in dubio pro reo. Asimismo, se destaca que no se ha probado que poseyera conocimientos fiscales o empresariales superiores a los de un ciudadano medio.

Rechazo del delito de organización criminal

La Audiencia Nacional rechaza que los hechos constituyan un delito de organización criminal. Aunque se acredita la existencia de una estructura delictiva diseñada desde el despacho Nummaria, no se ha probado que este se constituyera con finalidad criminal. El tribunal subraya que el despacho tenía una actividad profesional legítima en el ámbito tributario y contable, y que la mayoría de sus clientes no han sido objeto de acusación penal.

Por este motivo, se absuelve a 19 acusados, incluidos empleados del despacho y algunos clientes, al no quedar demostrada su participación consciente y activa en los hechos delictivos.