Ferrari conserva Testarossa: Tribunal valida uso mediante distribuidores autorizados

24/09/2025

El Tribunal General protege la marca TESTAROSSA

Contexto y objeto del litigio

El Tribunal General de la Unión Europea ha emitido sentencias en los asuntos acumulados T-1103/23 y T-1104/23, resolviendo los recursos interpuestos por Ferrari SpA contra las resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). Estas resoluciones habían declarado la caducidad de la marca denominativa TESTAROSSA por falta de uso efectivo durante un período ininterrumpido de cinco años, en virtud del artículo 58.1.a) del Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea.

La marca TESTAROSSA está registrada desde 2007 para automóviles, componentes, accesorios y modelos en miniatura. La EUIPO había estimado que Ferrari no había acreditado un uso efectivo entre 2010 y 2015.

Apreciación del Tribunal respecto al uso efectivo

El Tribunal General ha recordado que el uso de la marca debe cumplir con su función esencial: garantizar la identidad del origen empresarial de los productos. En el caso de los vehículos Testarossa, aunque su fabricación cesó en 1996, Ferrari continuó interviniendo en el mercado de vehículos de ocasión mediante concesionarios y distribuidores autorizados. Esta actuación constituye un uso efectivo, ya que el consentimiento, aunque tácito, permite considerar que la marca ha sido utilizada según lo previsto en la normativa aplicable.

Asimismo, el Tribunal ha subrayado que el vínculo entre Ferrari y sus distribuidores o concesionarios implica un consentimiento tácito para el uso de la marca, lo que satisface los requisitos del artículo 18 del Reglamento citado.

Componentes, accesorios y modelos en miniatura

En relación con los componentes y accesorios, el Tribunal ha aceptado como uso efectivo la venta realizada a través de los canales autorizados y el servicio de certificación de Ferrari que verifica el origen comercial de las piezas.

Por lo que respecta a los modelos de vehículos en miniatura, el Tribunal consideró que el uso de la marca por terceros con la indicación “producto oficial con licencia Ferrari” es suficiente para considerar probado el uso efectivo. Este uso no menoscaba las funciones de la marca y sirve para indicar al público la procedencia empresarial de los productos.