Rechazado el recurso de casación por delito de acusación y denuncia falsa en la jurisdicción militar

02/06/2025

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a un Sargento Primero de la Guardia Civil por un delito de acusación y denuncia falsa, tras presentar una denuncia infundada contra un superior. La Sala de lo Militar desestima íntegramente el recurso interpuesto por el condenado y ratifica la sentencia dictada por el Juzgado Togado Militar Territorial.

Una denuncia sin fundamento en el ámbito militar

Los hechos probados revelan que el Sargento formuló una denuncia contra un mando superior, atribuyéndole hechos que no llegaron a acreditarse. El procedimiento penal determinó que el acusado actuó con conocimiento de la falsedad o, al menos, con temerario desprecio hacia la verdad, elementos esenciales del delito de acusación y denuncia falsa tipificado en el artículo 456.1 del Código Penal.

Como consecuencia, se le impuso una pena de multa y una indemnización por responsabilidad civil. El condenado recurrió en casación, alegando la vulneración de derechos fundamentales.

Recurso por interés casacional: dos motivos desestimados

El Sargento basó su recurso extraordinario en dos pilares:

  • La supuesta infracción del principio acusatorio y del derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24 CE).
  • La alegada vulneración del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE).

La Fiscalía se opuso a sus argumentos, solicitando la desestimación completa del recurso.

Principio acusatorio respetado: no hubo hechos nuevos

El recurrente sostenía que la sentencia había introducido hechos nuevos no incluidos en la acusación, lo que vulneraría el principio acusatorio.

Sin embargo, el Tribunal Supremo afirma con claridad que:

La acusación debe ofrecer un marco fáctico suficiente para sustentar el proceso penal. La sentencia puede desarrollar esos hechos siempre que no altere su núcleo esencial.

Conclusión jurídica

La Sala de lo Militar considera que no se alteró el relato fáctico ni se introdujeron nuevos hechos sustanciales. La descripción de la conducta del acusado, el contexto de la denuncia y su calificación como delito de acusación y denuncia falsa se mantuvieron dentro del marco de la acusación inicial.

No hubo indefensión ni quiebra del principio acusatorio.

Presunción de inocencia y valoración racional de la prueba

El segundo motivo del recurso argumentaba que no existían pruebas suficientes para condenar al Sargento, ya que la denuncia se basó en una conversación sin testigos directos.

El Tribunal Supremo recuerda que su labor en casación no consiste en sustituir la valoración probatoria del tribunal de instancia, sino en verificar que:

  • Hubiera prueba de cargo válida y legalmente obtenida.
  • La valoración de dicha prueba fuera lógica, coherente y motivada.

En este caso:

  • Se examinaron testimonios de varios mandos y agentes, que describieron un patrón reiterado en el comportamiento del acusado.
  • Se descartaron versiones alternativas no verosímiles ofrecidas por la defensa.
  • Se llegó a una convicción fundada sobre la existencia del delito de acusación y denuncia falsa.

Conclusión sobre la prueba

La presunción de inocencia fue debidamente desvirtuada mediante pruebas válidas, suficientes y correctamente valoradas. Por tanto, no se vulneró ningún derecho fundamental del recurrente.

Confirmación de la condena por delito de acusación y denuncia falsa

El Tribunal Supremo, en su sentencia, rechaza todos los motivos del recurso y confirma la resolución que declaraba culpable al Sargento de la Guardia Civil por el delito de acusación y denuncia falsa. Las costas del proceso se declaran de oficio, conforme a lo previsto en el ámbito de la jurisdicción militar.