Breve explicación de la figura del Habeas Corpus

13/12/2023

El Habeas Corpus, aunque es una figura jurídica no siempre ampliamente conocida, requiere una explicación detallada debido a su importancia. Constituye un aspecto fundamental en el derecho a la libertad personal, un derecho esencial establecido en la Constitución Española.

El Habeas Corpus es un derecho consagrado en la Constitución Española que sirve como protección a los ciudadanos frente a detenciones y arrestos arbitrarios.

Ubicación Legal del Habeas Corpus

Este derecho se fundamenta en el artículo 17.4 de la Constitución Española, y su aplicación detallada se encuentra en la Ley Orgánica 6/1984 de 24 de mayo, que regula el procedimiento de Habeas Corpus.

Objetivo y Aplicación del Habeas Corpus

El Habeas Corpus asegura que toda persona tiene derecho a la libertad y que no puede ser privada de ella salvo en los casos legalmente establecidos. Este principio también establece que el tiempo de detención preventiva debe ser lo más breve posible, evitando retenciones prolongadas sin las averiguaciones necesarias para aclarar los hechos.

Esta figura tiene una gran relevancia en el ámbito del derecho penal y en la prevención de actos arbitrarios que privan de libertad a las personas. Su función principal se manifiesta cuando una persona es detenida de manera improcedente. En casos de tal arbitrariedad, el detenido puede solicitar el procedimiento de Habeas Corpus, lo que podría llevar a su liberación tras ser puesto a disposición judicial. A través del artículo 167 del Código Penal, se busca calificar como ilegales todas las detenciones que no cumplan con lo estipulado en dicho artículo.

Artículo 167 del Código Penal

  1. La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley, y sin mediar causa por delito, cometiere alguno de los hechos descritos en este Capítulo será castigado con las penas respectivamente previstas en éstos, en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado.
  2. Con las mismas penas serán castigados:
  3. a) El funcionario público o autoridad que, mediando o no causa por delito, acordare, practicare o prolongare la privación de libertad de cualquiera y que no reconociese dicha privación de libertad o, de cualquier otro modo, ocultase la situación o paradero de esa persona privándola de sus derechos constitucionales o legales.
  4. b) El particular que hubiera llevado a cabo los hechos con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado o de sus autoridades.
  5. En todos los casos en los que los hechos a que se refiere este artículo hubieran sido cometidos por autoridad o funcionario público, se les impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años.

¿Cuándo se considera que la detención es ilegal?

La respuesta la encontramos en el artículo primero de la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de «Habeas Corpus».

Este artículo establece las bases del procedimiento de «Habeas Corpus». El propósito de este procedimiento es asegurar la pronta presentación ante la Autoridad Judicial competente de cualquier persona que haya sido detenida de manera ilegal.

Se consideran detenciones ilegales en los siguientes casos:

  1. Detenciones sin Fundamento Legal o Procedimental: Aquellas realizadas por una autoridad, agente de autoridad, funcionario público o particular, en ausencia de una justificación legal válida o sin seguir los procedimientos y requisitos legales establecidos.
  2. Internamiento Ilícito: Personas que se encuentren retenidas ilegalmente en cualquier tipo de establecimiento o lugar.
  3. Exceder el Plazo Legal de Detención: Aquellas personas que permanecen detenidas por un periodo mayor al estipulado legalmente, y que no son liberadas o entregadas al juez más cercano al lugar de detención una vez transcurrido dicho plazo.
  4. Violación de Derechos Constitucionales y Procesales: Personas privadas de libertad a quienes no se les respetan los derechos garantizados por la Constitución y las leyes procesales a todos los detenidos.

¿Quiénes pueden solicitar el Habeas Corpus?

Conforme a lo establecido en el artículo tercero de la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, que regula el procedimiento de «Habeas Corpus», son varios los sujetos con derecho a solicitarlo:

  1. La persona directamente afectada, es decir, aquella que se encuentra privada de su libertad.
  2. El cónyuge o la persona que esté unida por una relación de afectividad análoga al detenido.
  3. Los descendientes del individuo detenido, incluyendo tanto hijos biológicos como adoptivos.
  4. Los hermanos del detenido, sean estos completos o medio hermanos.
  5. Los representantes legales, en casos donde los afectados sean menores de edad o personas legalmente incapacitadas.

Iniciación del Procedimiento de Habeas Corpus

El procedimiento de Habeas Corpus se puede iniciar de dos formas distintas: por escrito o a través de una manifestación oral. En cualquiera de los dos casos, es esencial aportar el nombre y apellido de quien realiza la solicitud, el lugar específico de la detención y el motivo claro por el cual se solicita el Habeas Corpus. En situaciones donde el procedimiento comience de manera oral, puede ser necesario recabar un comprobante que acredite la realización de la petición.

Ejemplo Práctico del Uso del Habeas Corpus

Veamos un ejemplo práctico que ilustra el uso del Habeas Corpus para conseguir la liberación de un detenido:

  • Una persona asiste a una reunión social con amigos. Inesperadamente, se desencadenan disturbios en el evento, y aunque no participa de forma activa, se ve involucrada involuntariamente.
  • Actúa la policía, deteniendo a varios asistentes, incluyendo a nuestro protagonista, quien es llevado a una comisaría para ser interrogado sobre su posible implicación en los disturbios.
  • A pesar de no tener pruebas claras, el proceso de detención se extiende injustificadamente, resultando en que la persona permanezca bajo custodia por más de 72 horas, excediendo el límite legal.