Cómo afecta el Impuesto Complementario a las empresas

02/04/2025

Reglamento del Impuesto Complementario

Marco normativo y objetivo del reglamento

El Reglamento del Impuesto Complementario publicado en el Boletín Oficial del Estado desarrolla la Ley del Impuesto Complementario, estableciendo una imposición mínima global para grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud. La normativa se alinea con los compromisos internacionales adquiridos en el marco de la OCDE y la Unión Europea, asegurando que estas entidades tributen de forma equitativa y evitando prácticas de elusión fiscal​.

El reglamento no solo clarifica aspectos técnicos de la aplicación del impuesto, sino que también introduce criterios específicos sobre determinación de la base imponible, ajustes fiscales, tratamiento de créditos fiscales y obligaciones formales, garantizando su correcta implementación.

Ámbito de aplicación: sujetos obligados y exclusiones

El impuesto se aplicará a grupos multinacionales y nacionales cuya facturación consolidada supere los 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro ejercicios fiscales precedentes. Este umbral sigue las recomendaciones del Marco Inclusivo de la OCDE sobre la erosión de bases imponibles y traslado de beneficios (BEPS 2.0).

Entidades excluidas

Se establecen exclusiones para determinadas entidades que, por la naturaleza de sus actividades, no generan riesgos de erosión fiscal significativa. Estas incluyen:

  • Organizaciones sin ánimo de lucro, siempre que se dediquen exclusivamente a actividades auxiliares.

  • Mutuas de seguros reguladas, cuando sus operaciones estén sujetas a normativa específica que limite su margen de maniobra fiscal.

  • Fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva, con regímenes tributarios especiales que impiden la manipulación de bases imponibles​.

Determinación de la base imponible y ajustes fiscales

El reglamento introduce una serie de mecanismos para garantizar que el impuesto se aplique de forma equitativa y se eviten dobles imposiciones o desajustes contables.

Impuestos cubiertos y ajustes aplicables

El concepto de impuestos cubiertos es fundamental para calcular el tipo efectivo de gravamen. El reglamento establece reglas detalladas para ajustar la base imponible, asegurando que los impuestos diferidos y créditos fiscales sean tratados de forma coherente.

Se diferencian los siguientes ajustes:

  • Créditos fiscales reembolsables y no reembolsables: Los primeros se computan íntegramente en el cálculo del impuesto mínimo, mientras que los segundos solo son reconocidos cuando su aplicación es altamente probable​.

  • Impuestos diferidos: Se regula su inclusión en la base imponible, estableciendo criterios para evitar duplicidades y garantizar su correcta imputación temporal.

  • Diferencias temporarias y desajustes de ejercicios fiscales: El reglamento prevé medidas para armonizar la tributación en los distintos países en los que opera un grupo multinacional​.

Estos ajustes permiten una aplicación coherente del impuesto, evitando que ciertas jurisdicciones se vean perjudicadas por diferencias en la contabilidad fiscal.

Obligaciones de información y plazos de presentación

El reglamento impone una serie de obligaciones formales para garantizar la transparencia y el control del impuesto:

  1. Declaración informativa del Impuesto Complementario: Obligatoria para todos los grupos sujetos al tributo.

  2. Autoliquidación del impuesto: Los contribuyentes deben presentar la declaración en los plazos establecidos, asegurando el cumplimiento normativo.

  3. Régimen de declaración simplificada: Se habilita para determinados contribuyentes en ciertas jurisdicciones hasta el 1 de julio de 2030​.

El reglamento también regula los plazos de presentación para la primera declaración de los grupos que entran por primera vez en el ámbito de aplicación de este impuesto.

Justificación del reglamento y coherencia con la normativa internacional

El desarrollo reglamentario responde a la necesidad de armonizar la normativa española con el Pilar 2 de la OCDE y la directiva de la Unión Europea sobre imposición mínima global. La regulación ofrece seguridad jurídica y permite que las empresas comprendan con claridad sus obligaciones tributarias, minimizando riesgos de interpretación y litigios​.