Delito de propiedad intelectual por copiar diseños registrados

25/03/2025

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena penal impuesta a una persona que comercializaba pañuelos con estampados originales registrados por la firma Desigual. La sentencia subraya que estos diseños, aunque se incorporen a productos funcionales, siguen siendo obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual si cumplen con los requisitos de originalidad y están registrados.

Venta no autorizada de pañuelos con obra artística registrada

Según los hechos probados, la persona condenada vendía pañuelos a través de su empresa, incorporando en ellos estampados registrados por la conocida firma Desigual. Estos dibujos se encontraban inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y fueron reconocidos como obras artísticas.

La comercialización de estos productos se realizó sin autorización de la titular de los derechos. A pesar de que los dibujos formaban parte de objetos de uso cotidiano, como pañuelos, el Tribunal destacó que esto no anula su condición de creación protegida.

No hubo indefensión ni error en la apreciación de la prueba

El condenado presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo alegando, entre otros motivos, la inexistencia de dolo y la falta de una grabación íntegra del juicio oral. Sin embargo, el Alto Tribunal desestimó todas las alegaciones por entender que:

  1. La ausencia de grabación completa no causó indefensión material, ya que la sentencia anterior recogía los elementos esenciales del juicio.
  2. Se acreditó el ánimo de lucro y el perjuicio a tercero, requisitos del artículo 270 del Código Penal para calificar la conducta como delito contra la propiedad intelectual.
  3. La originalidad de los diseños quedó demostrada mediante su inscripción en el registro y su naturaleza creativa como obra artística.

Protección penal del diseño original | La obra mantiene su tutela aunque esté aplicada a un objeto funcional

El Tribunal Supremo reafirma que los diseños originales no pierden su condición de obra protegida por el hecho de aplicarse a productos prácticos como pañuelos. Siempre que se acredite su originalidad y se reproduzcan sin autorización, existe infracción de los derechos de autor.

Este criterio evita que se utilicen objetos de uso cotidiano como vía para vulnerar la legislación de propiedad intelectual.

Fallo del Tribunal Supremo

El Supremo confirma íntegramente la condena impuesta: pena de prisión, multa económica y responsabilidad civil por los daños causados a la marca titular. Con esta resolución, la Sala de lo Penal reafirma su doctrina: reproducir obras registradas sin permiso con fines comerciales constituye delito, incluso cuando se trata de artículos textiles o de moda.