El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión de la Audiencia Provincial de conceder a la madre el uso de la vivienda familiar, propiedad exclusiva del padre, por un plazo de un año, a pesar de las alegaciones de necesitar un plazo mayor por su situación económica.
El conflicto se centra en la atribución del uso de la vivienda familiar en un proceso de divorcio en el que se establece la custodia compartida del hijo menor.
El análisis se ha centrado en la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo para casos de custodia compartida, en los cuales se ha de proteger al progenitor con menor capacidad económica para garantizar la estabilidad del menor.
Tras examinar la apelación del padre y los argumentos planteados por la madre, el Tribunal Supremo decide:
El Tribunal destaca la importancia de ajustar las medidas de uso de la vivienda a la realidad económica de las partes y a la finalidad de preservar la estabilidad del entorno familiar para el menor, sin que sea procedente ampliar el plazo establecido en ausencia de circunstancias excepcionales.