En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha establecido criterios claros sobre la interacción entre procesos penales y civiles, especialmente en casos donde los hechos investigados penalmente influyen decisivamente en el juicio civil subsiguiente.
Los demandantes, socios de la empresa Bici Sport Tenerife S.L., interpusieron una demanda civil contra la misma sociedad y su administrador, D. Ildefonso, buscando la nulidad de contratos de compraventa de inmuebles y la restitución de valores. Paralelamente, se había promovido una causa penal contra los mismos individuos por delitos societarios, falsedad en cuentas y apropiación indebida, la cual concluyó con una absolución.
El núcleo de la decisión del Tribunal Supremo se centra en determinar si la existencia de una causa penal que investiga hechos relevantes para el juicio civil y la posterior demanda ante un juzgado mercantil no manifiestamente incompetente, afecta el plazo de caducidad de las acciones civiles.
El Tribunal concluyó que:
Esta decisión refuerza la protección de los derechos de los demandantes al asegurar que la acción civil no se vea afectada negativamente por el curso de un proceso penal, especialmente cuando los hechos son determinantes para ambas jurisdicciones. Además, subraya la importancia de evaluar la competencia de los juzgados en función de la naturaleza de los hechos y su impacto en las diferentes ramas del derecho.
El Tribunal Supremo establece que la promoción de una causa penal que investiga hechos con relevancia determinante para un juicio civil, seguida de una demanda ante un juzgado mercantil competente, efectivamente suspende el plazo de caducidad de las acciones civiles. Esta interpretación garantiza una adecuada tutela judicial efectiva, evitando que procedimientos penales influyan indebidamente en la resolución de controversias civiles.